El ministro de Educación, Ángel Hernández, dijo que por disposición del presidente Luis Abinader se brindarán las facilidades necesarias a los familiares de los niños afectado en el accidente ocurrido este martes en Hato Mayor, donde murieron dos estudiantes y 13 resultaron heridos.
El accidente, en el que perdieron la vida las estudiantes Alexandra Clevel y Estefanny Castillo, se produjo cuando una patana chocó un autobús que se encontraba estacionado en el kilómetro 11 de la carretera Sabana de la Mar-Hato Mayor recogiendo estudiantes que se dirigían al Centro Educativo Wenceslao Peguero, de la comunidad El Manchado, del Distrito Educativo 05-04.
Siete de los heridos fueron trasladados al hospital Regional Dr. Antonio Musa, de San Pedro de Macorís, y otros cinco fueron ingresados en centros clínicos de Hato Mayor.
En una nota de prensa el ministerio informó que en un helicóptero de la Fuerza Aérea fueron trasladados al hospital Ney Arias Lora, de Santo Domingo, dos estudiantes en estado de gravedad, así como el chofer del autobús, quienes fueron acompañados por el director de la Regional 05 de San Pedro de Macorís, Isidro Santana Ramírez.
De acuerdo con la información, el ministro Hernández está dando seguimiento pormenorizado a la evolución de los heridos y ha dispuesto que a través de la Dirección Regional se le brinde todo el apoyo que los familiares de los fallecidos ameriten.
Los abogados de la familia de Joshua Fernández, el joven que perdió la vida el pasado 16 de abril durante un atraco, explicaron este miércoles lo que motivó a la segunda sala penal del Tribunal de Ejecución de la Pena adictar tres meses de prisión preventiva contra Luis Brito,uno de los tres implicados en el crimen.
“La jueza consideró que tres meses es suficiente para la investigación porque todos los elementos de prueba que hay en el expediente son suficientes para una condena”, dijo el jurista Sergio Maldonado.
En ese mismo orden, su colega, Jean Cristopher Pérez aseveró que la jueza Eleanny Mena acogió el expediente presentado por el Ministerio Público en cada una de sus partes, así como “la querella que nosotros presentamos”.
Pérez precisó que el único punto no acogido por la instancia fue la solicitud de medida de coerción, pues la barra acusadora demandó un año de prisión como medida cautelar, pedimento que fue sustituido por los tres meses dictados por el tribunal.
Al ser cuestionados por los medios de comunicación sobre la razón por la que Luis Brito cumplirá su pena en la Cárcel Pública de Baní, provincia Peravia, el abogado Sergio Maldonado explicó que la jueza dispuso este centro correccional para mantener al acusado alejado de los otros dos imputados.
“Los separaron a cada uno, porque hay una mafia organizada (…) los separaron para que ellos no se coordinen”, manifestó el jurista.
Cabe señalar que el pasado viernes, dictaron un año de prisión preventiva como medida de coerción por su vinculación con el caso para Wesly Vincent Carmona (“El Dotolcito”) y Alison de Jesús Pérez Mejía (“Chiquito”).
"El Dotolcito" cumplirá la medida en la cárcel de Najayo, en San Cristóbal, mientras que "Chiquito" estará doce meses en la cárcel de La Victoria.
Las letras son claras. "De la mano del señor un hombre joven caminaba cabizbajo y luciendo arrepentido. Él era la causa de una discusión familiar. De la que nos enteramos al oír al señor gritar", señala parte de la composición del cantautor panameño Rubén Blades.
En otra de las estrofas dice: "Aunque tú seas un ladrón, y aunque no tienes razón yo tengo la obligación de socorrerte. Y por más drogas que uses y por más que nos abuses, la familia y yo tenemos que atenderte".
La canción agrega algo que solo los padres pueden sentir. "Solo quien tiene hijos entiende que el deber de un padre no acaba jamás, que el amor de padre y madre no se cansa de entregar, que deseamos para ustedes lo que nunca hemos tenido, que, a pesar de los problemas, familia es familia y cariño es cariño"
El hijo del popular youtuber fue apresado por la Policía Nacional al ser vinculado en un presunto atraco que terminó con la muerte de Joshua Omar Fernández Decena el pasado 16 de abril de este año en el ensanche Naco del Distrito Nacional.
El Dotolcito, como es conocido en las redes, se encuentra apresado en la "carcelita" del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva en espera de que se conozca la medida de coerción en la mañana de este miércoles 17 de mayo.
El Ministerio Público solicitó orden de arresto contra el joven de 18 años, quien supuestamente se asoció a los investigados Chiquito y Luis para cometer asalto en perjuicio de las víctimas Isanel Morel Encarnación, Alberto José Reyes Jiménez y Misael Morel Encarnación, producto de lo cual resultó muerto la víctima Joshua Omar Fernández Decena.
El influencer Víctor Carmona, conocido como el Dotol Nastra, se refirió la noche de este martes a la situación que atraviesa su único hijo, quien fue arrestado por supuestamente estar vinculado en un atraco y un homicidio junto a otras personas, producto de lo cual resultó muerto la víctima Joshua Omar Fernández Decena, de 19 años.
Sobre el hecho, el comunicador dijo que lo entregó a las autoridades cuando se comunicaron con él para requerirlo.
También señaló "que la justicia haga lo que tenga que hacer". Sin embargo, dijo que su hijo "no es un pandillero", pero reconoce que éste había "cogido la calle por su edad" y no aceptaba los consejos para que se recogiera.
Lacomisión bicamerala cargo de revisar la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano deSeguridad Socialrecomendó reformar 45 artículos en los que plantea importantes cambios a la legislación, con la inclusión de penalidades, diferentes opciones para la jubilación y del retiro de losfondos de pensiones.
El informe, que fue aprobado por la comisión integrada por diputados y senadores, está pendiente de ser conocido en la Cámara de Diputados.
La propuesta establece que serían reducidos a penas de 3 a 5 años de cárcel, sin menoscabo de demandas civiles en contra de sus patrimonios, las autoridades que no acaten las disposiciones al cambiar, limitar o denegar la ley.
Igualmente serían reducidos a esa misma penalidad, los funcionarios que teniendo conflictos de intereses se juramenten y se mantengan desempeñando cargos públicos de la seguridad social.
Además, aquellos que cabildeen decisiones y promuevan negocios al momento de la toma de decisiones al interior del sistema de seguridad social, así como contra los funcionarios cuyas decisiones afecten los derechos consagrados en la legislación.
Pensión por vejez
La propuesta de los legisladores contempla la pensión por vejez, a fin de otorgar protección del pensionado y de sus sobrevivientes, se aplicaría en atención a la siguiente escala:
Haber cotizado 20 años y cumplido 55 años de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 70% del promedio de los últimos 12 salarios.
Haber cotizado 20 años y cumplido 60 años de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 75% del promedio de los últimos 12 salarios.
Haber cotizado durante 25 años y cumplido 60 de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 80% del promedio de los últimos 12 salarios.
Haber cotizado durante 30 años y 60 años de edad, con un noventa por ciento (90%) del promedio de los últimos 12 salarios;
Haber cotizado al sistema durante 35 años, sin importar la edad, en cuyo caso la tasa de reemplazo será de un cien por ciento (100%) del promedio de los últimos 12 salarios.
No obstante, hace hincapié en que los afiliados que hayan cotizados 20 años en servicio, sin importar la edad podrán optar por una jubilación con el 60% de promedio de los últimos 12 salarios devengados. Precisa que, en ningún caso, la tasa de retorno de la pensión por vejez será menor del 60% del salario promedio de los últimos 12 salarios.
Asimismo, la moción fija en veinte salarios mínimos nacionales del sector público el tope para el cálculo de las pensiones y el pago del beneficio de pensión.
Contributivo subsidiado
Entraría en acción, este régimen llamado a proteger a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedio, el cual nunca se aplicó, aunque está contemplado en la legislación vigente.
Para tales fines, los congresistas instruyen en la propuesta al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) a reglamentar y dar inicio inmediato al Régimen Contributivo Subsidiado. Para su puesta en marcha se iniciaría, en un plazo de no mayor de 90 días a partir de la promulgación de la ley, mediante planes pilotos.
"El Consejo Nacional de Seguridad Social utilizará los fondos acumulados correspondientes al Régimen Contributivo Subsidiado que han sido dispersados y se continuarán dispersando por la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)", expresa.
Planes Básicos
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) sería el encargado de aprobar los precios y tarifas de los servicios y procedimientos contemplados en el Plan Básico de Salud, con base en la propuesta que le someta la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, las que deberán considerar las tarifas y honorarios mínimos acordados por el Comité Nacional de Honorarios Profesionales.
Incluirían progresivamente la cobertura integral, continua y garantizada para los problemas de salud de alta prioridad en el perfil epidemiológico definido por el Ministerio de Salud. Los planes se revisarían cada dos años para mantener actualizado el catálogo de servicios y prestaciones, las reglas de acceso, y ajustar las tarifas y honorarios.
Planes Complementarios
En adición a las coberturas del Plan Básico de Salud, los afiliados podrán optar de forma voluntaria por planes complementarios sin discriminación por edad o condición de salud.
También los afiliados, pensionados, envejecientes o dependiente de este, podrán optar de forma voluntaria por planes complementarios en condiciones de salud, cuyo costo será asumido por este, el empleador y el Estado.
Comisiones de las AFP
De acuerdo a la propuesta, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrán cobrar o recibir ingresos de los afiliados y los empleados conforme a los siguientes conceptos:
Una comisión aplicada a las ganancias generadas mensualmente de cada cuenta de capitalización individual administrada, que será calculada entre cero y cero punto setenta por ciento (0.70%). Las AFP solo podrán cobrar esta comisión a las cuentas que tengan cotizaciones registradas en el mes anterior. El Congreso Nacional revisará esta comisión cada cuatro años para el cálculo de las comisiones máximas de acuerdo a las condiciones del mercado y otras variables que considere pertinente.
Cobros por servicios opcionales, expresamente solicitados por los afiliados;
Intereses cobrados al empleador por retrasos en la entrega de la comisión por administración.
Algunos puntos de interés
La propuesta legislativa establece que una vez tramitada la pensión o jubilación, el servidor público podrá retirarse de la institución donde presta su servicio, quedando obligada a seguir pagando su salario al trabajador, hasta que se haga efectiva la pensión o jubilación.
"Toda persona en cuyo favor se haya generado derechos a pensión o jubilación y se encuentre fuera del área laboral pública, podrá solicitarla directamente mediante comunicación dirigida a la institución responsable de administrar el sistema de pensiones y jubilaciones; anexando las certificaciones que avalen los años acumulados y copia de la cédula de identidad y electoral que demuestre haber alcanzado la edad requerida. En un plazo no mayor de tres (3) meses a partir del depósito o recibo de la solicitud, la institución le comunicará la aprobación de la pensión o jubilación, disponiendo su disfrute de inmediato", refiere el proyecto.
Plantea que los afiliados no protegidos mediante leyes específicas podrán elegir una Administradora de Fondos de Pensiones que administre su cuenta individual.
Asimismo, que el Ministerio de Educación (MINER) y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT), tendrán la responsabilidad de incluir en los planes de estudios para educar en torno a la seguridad social en aspectos de los derechos y deberes de los afiliados. Serían sobre las características del Sistema Dominicano de Seguridad Social y los derechos humanos y constitucionales.
De igual modo, podrían afiliarse al Seguro Familiar de Salud (SFS) los dominicanos residentes en el exterior y su núcleo familiar, siempre que el titular asuma el pago de la cápita correspondiente que será definida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).
"En la eventualidad de una contingencia extraordinaria o pandemia determinada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se contemplará la devolución de hasta un 20% de las ganancias acumuladas en los últimos 10 años en las cuentas de capitalización individual de los afiliados, a los afiliados que de manera voluntaria así lo quisieran, en la forma que sea determinada por el CNSS, velando siempre por la viabilidad y sostenibilidad de las futuras pensiones", aduce la propuesta.