jueves, 12 de marzo de 2015

REACCIÓN - PRM desmiente alianzas con PRD



Santo Domingo
La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) desautorizó a cualquier dirigente de la  organización, al nivel que sea, a promover o a concertar alianzas congresuales o municipales con el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
Andrés Bautista, presidente de la organización, manifestó que su prioridad y esfuerzos están concentrados en el proceso convencional para escoger a los candidatos a presidente de la República, senadores, diputados, alcaldes, concejales, directores de distritos y vocales para ser presentados como candidatos en las próximas elecciones.  
Advirtió a los militantes o dirigentes que postular alianzas sin la autorización del partido le hace pasible de ser evaluados de acuerdo a los estatutos del PRM como irrespetuosos de las líneas de la organización.
Dijo que aquellos dirigentes que están “jugando la cabeza” podrían quedarse como “pericos en la estaca”, señalando que “llegó la hora de dar el frente con responsabilidad a favor de mejorar la calidad de la política nacional”.
“La Dirección Nacional del PRM no tiene ni está en ningún tipo de conversación sobre alianzas, pactos o acuerdos con el PRD”, enfatizó.
En cuanto a la política de alianza señaló: “Nuestra organización política está dedicada a fortalecer la concertación aprobada por nuestra Dirección Nacional con la Convergencia Por un Mejor País, y las fuerzas sociales comprometidas con un cambio verdadero, con el patriótico interés de producir un cambio de modelo de hacer política y gobernar el país para beneficio de la clase media y de los pobres de nuestra sociedad”.
Fuente: Listín Diario

miércoles, 11 de marzo de 2015

Analizan videos de muerte viceministro

Santo Domingo
La Policía Nacional analiza varios videos en los que supuestamente aparecen los implicados en el asesinato del viceministro de Energía y Minas, Victoriano Santos, en un hecho ocurrido el pasado viernes en la noche en su residencia.
Así lo reveló el jefe de la uniformada, mayor general Manuel Castro Castillo, quien rehusó revelar cuántas personas aparecen en las imágenes, para no entorpecer la investigación. “Tenemos nuevos detalles y avances en este caso, pero, lamentablemente no podemos dar esos detalles porque damos al traste de la investigación”, agregó.
Asimismo, el alto oficial reveló que han solicitado varias órdenes de arresto en el caso, aunque explicó que no hay detenidos porque para detener a un individuo hay que contar con elementos que comprueben quiénes son y su responsabilidad en el acto.
Castro Castillo afirmó que las características del crimen indican que se trató de una labor de sicariato, “ahora, los motivos del crimen, nosotros no podemos poner en conocimiento las hipótesis que tenemos”.
Aseguró que en el momento oportuno darán a conocer el informe y garantizó a los familiares del extinto funcionario que los responsables del hecho, en el que resultó herido de gravedad el hijo del viceministro, Víctor Santos, serán identificados y sometidos a la justicia.
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HIJO DE VICEMINISTRO HERIDO SIGUE GRAVE

En condiciones de gravedad extrema continúa el joven Víctor Manuel Santos, hijo del viceministro de Energía y Minas, asesinado en Cotuí. El paciente sigue en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Ney Arias Lora, donde depende de respirador artificial y de aminas vasopresoras para mantener la presión arterial. De acuerdo con el más reciente parte médico, Santos sigue inestable desde el punto de vista cardiorrespiratorio, y sus condiciones generales de salud son críticas.
Fuente: Listín Diario

martes, 10 de marzo de 2015

Venezuela: Maduro anuncia un “ejercicio militar defensivo” para el sábado

CARACAS. AFP. El presidente venezolano Nicolás Maduro anunció que el sábado 14 de marzo dirigirá un “ejercicio militar defensivo”, en el discurso que ofreció este martes ante la Asamblea Nacional, a la que solicitó superpoderes en materia de seguridad para enfrentar “agresiones antiimperialistas”.
“He ordenado (…) hacer un ejercicio militar defensivo especial el próximo sábado 14 de marzo. Invito a todo el pueblo de Venezuela (…) a apoyar a la fuerza armada y a la milicia nacional en este ejercicio necesario para marcar los puntos defensivos. Y que la patria no la toque nadie. ¡Que no la toque la bota yanqui nunca!”, sentenció el mandatario.
Maduro dijo que, como comandante en jefe de las fuerzas armadas, dirigirá “personalmente” la actividad y apuntó que “Venezuela tiene fuerza para defenderse” y que la nación “tiene que estar preparada porque no puede ser jamás Libia ni Irak”.
El presidente venezolano, sucesor del fallecido mandatario socialista Hugo Chávez (1999-2013), ha acusado a Estados Unidos en varias ocasiones de planes conspirativos, magnicidios y golpes de estado.
Maduro declaró este martes una “emergencia nacional” y pidió al congreso superpoderes en tema de seguridad para enfrentar “agresiones imperialistas” contra su país, golpeado por la inflación, la recesión y el desabastecimiento de productos básicos.
La solicitud se produce luego de que el presidente Barack Obama calificara el lunes la situación en la nación sudamericana como “una amenaza extraordinaria e inusual a la seguridad nacional y la política externa de Estados Unidos”.
La Casa Blanca también implementó este lunes sanciones contra siete funcionarios venezolanos que, según Washington, participaron de la represión a las manifestaciones antigubernamentales que dejaron 43 muertos en 2014.
Fuente: Hoy Digital

Decomisan 350 paquetes de cocaína en la Isla Beata



Santo Domingo
La Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) informó que, en una operación conjunta con el Servicio de Guardacostas  de los Estados Unidos e instituciones castrenses dominicanas, decomisaron en  aguas internacionales unas14 pacas de cocaína, al interceptar una lancha tripulada por cuatro colombianos que transportaban el alijo procedente de Suramérica.
En el operativo, llevado a cabo próximo a la Isla Beata , al suroeste de Pedernales, participó la Fuerza Aérea con sus aviones Supertucanos y la Armada de la República Dominicana con un Guarda Costa y dos lanchas rápidas. Se ocuparon 14 sacos conteniendo 350 paquetes de la droga, la cual fue traslada junto a los detenidos a los Estados Unidos.
Al dar la información, el vocero de la DNCD, Darío Medrano, dijo que esta acción se enmarca en la nueva filosofía de la agencia dominicana  “de atacar al narcotráfico más allá de nuestras fronteras”.
Medrano manifestó que los detenidos se identificaron como los colombianos Daniel Olaya de  Luque, de 42 años; Yamid Gutiérrez Vanegas, de 38; Erwin Jacey Benier Ipuana, de 42, y Oscar Jiménez Hoyos, de 57, todos sin documentos.
Informó que tanto los arrestados como los 14 fardos con la droga fueron llevados a la sede de la DNCD, donde tras ser registrados, fueron  entregados en la  Base Aérea de San Isidro a los agentes de la DEA, quienes los trasladaron a los Estados Unidos, donde se les llevará a cabo  el proceso judicial correspondiente.
Fuente: Listín Diario

Amet dice que respetará resolución del TC dispone la no retención de vehículos



Santo Domingo
La Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) informó que respetará la resolución del Tribunal Constitucional que dice que el castigo dispuesto para las infracciones a la Ley de Tránsito es la multa penal, no la retención de los vehículos.
Diego Pesqueira, vocero de la entidad, dijo que la sentencia lejos de disminuir las funciones de la institución las fortalece, debido a que el TC declaró inadmisible la acción de inconstitucionalidad incoada por un ciudadano que se sintió afectado por una retención. 
Explicó que el fallo es claro y define los casos en que se permitirán las retenciones de lo cual afirmó darán seguimiento.
Las incautaciones “factibles”
En la sentencia declarada por el TC sobre la ley 241, señaló que las incautaciones de un vehículo son factibles en las siguientes circunstancias: si no tiene matrícula;  si transita con una placa que no le pertenece;  si altera o borra el número de chasis, y si exhibe una placa no prescrita por ley.
También,  cuando el vehículo esté envuelto en un accidente de tránsito en el que el conductor huyó, esto último en base al artículo 59 de la ley de tránsito.
“Como se desprende de la lectura del referido artículo, se remolcará el vehículo a los fines de despejar la vía pública, y trasladarlo a un sitio adecuado para realizar una inspección policial”, precisa el TC.  Destaca que la privación no podrá pasar de 48 horas. 
Fuente: Listín Diario

Procurador no descarta sicariato asesinato funcionario Cotuí


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El Procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, dijo ayer que aunque el asesinato del vice-ministro de Energía y Minas Victoriano Santos Hilario no tiene visos de sicariato, no se descarta esa posibilidad.
Informó que un equipo “élite” de la policía, investiga el caso y que se espera una pronta respuesta. Domínguez Brito dijo que para el Ministerio Público ese hecho tiene otro tipo de relevancia al que hay que prestar toda la atención, porque el funcionario asesinado era el esposo de la procuradora fiscal del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de Cotuí, Zoila María Gutiérrez, y cuyo hijo, Víctor Santos, también resultó herido de gravedad en el hecho.
Agregó que estuvo en el lugar de los hechos, en Cotuí, a los fines de trazar el proceso de investigación.
Fuente:Hoy Dgital

TC dice violar ley de tránsito solo conlleva la multa penal

Santo Domingo
El Tribunal Constitucional declaró que el castigo dispuesto para las infracciones a la ley de tránsito es la multa penal, no la retención de los vehículos.
Igualmente, consideró que el procedimiento especial para las contravenciones establecido en el Código Procesal Penal es la detención, la toma de los datos, y mediante formulario levantar el hecho.  
Precisa que ese formulario se utilizará como acta de acusación o requerimiento de enjuiciamiento para presentar ante el Tribunal Especial de Tránsito al autor de haber violado la Ley número 241.  
Señaló que el artículo 92 de la ley 241 de tránsito de vehículos de motor orienta sobre el procedimiento a ser llevado por las autoridades respecto a la movilización de vehículos estacionados en lugares prohibidos.
Al examinar ese artículo, el TC explica que lo primero que procede son las diligencias de localización del conductor para que  movilice su vehículo. Agrega que en caso de que nadie se presente, las autoridades podrán remover el vehículo a un lugar visible desde el punto de remoción y hábil para estacionar.
Precisa que de no hallarse un lugar para estacionar, y teniendo el cuidado necesario para evitar daños a la propiedad, se podrá remover el vehículo a un lugar destinado a estos fines bajo custodia del municipio, hasta tanto el propietario, previa identificación, pague una multa ínfima al municipio (ayuntamiento) para llevárselo. Indica que subsiguientemente, la autoridad deberá notificarle la remoción del vehículo a la Dirección General de Impuestos Internos y a su propietario, quien deberá hacer la reclamación dentro de los 60 días a partir de la notificación.  
Añade, que si no hubiere reclamación, se procederá a la venta en pública subasta para cubrir los gastos, pero  el conductor debe haber consentido la remoción del vehículo.
El TC advierte que toda actuación al margen de lo dispuesto en esa norma se realiza de forma ilegal, en vista de que podrían resultar violatorias a los preceptos establecidos en la Constitución referentes al libre tránsito y a la propiedad privada.
El criterio del TC está contenido en la sentencia 021/15, con motivo de una acción directa de inconstitucionalidad sometida en contra de los artículos 27, 47, 65, y 92 de la ley 241 sobre tránsito de vehículos de motor, de fecha 28 de diciembre de 1967.
Sin embargo,  la acción de inconstitucionalidad  fue declarada inadmisible, por carecer de presupuesto que fundamente jurídicamente la alegada inconstitucionalidad, y por tratarse de un asunto de mera legalidad.   
Esa acción fue presentada por el señor Juan de Jesús Javier Polanco, quien alegó la inconstitucionalidad de la ordenanza que autoriza a la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) a retener, incautar o embargar un vehículo sin que medie la autorización expresa de un juez.
El accionante argumentó, además, que el 30 de agosto de 2012 fue conducido, en calidad de detenido, por un miembro de la Amet, por supuestamente haber cometido violaciones a la ley de tránsito, lo que entiende es una atribución que no le compete.
Incautaciones “factibles”
En tanto,  al analizar el artículo 27 de la ley de tránsito que contempla los actos prohibidos, el TC señaló que las incautaciones de un vehículo son factibles en las siguientes circunstancias: si no tiene matrícula;  si transita con una placa que no le pertenece;  si altera o borra el número de chasis, y si exhibe una placa no prescrita por ley.

También,  cuando el vehículo esté envuelto en un accidente de tránsito en el que el conductor huyó, esto último en base al artículo 59 de la ley de tránsito.
“Como se desprende de la lectura del referido artículo, se remolcará el vehículo a los fines de despejar la vía pública, y trasladarlo a un sitio adecuado para realizar una inspección policial”, precisa el TC.  Destaca que la privación no podrá pasar de 48 horas.  
Fuente:Listín Diario

Filicidio en el Ensanche Isabelita: ¿Por qué ocurren estas tragedias en nuestro país?

La noticia del filicidio-suicidio ocurrido en el Ensanche Isabelita, donde Pennsylvania Jiménez Valdez , de 36 años, envenenó a sus tres hij...