sábado, 29 de noviembre de 2014

Danilo observa artículos sobre el aborto en CP

Santo Domingo
El presidente Danilo Medina observó y devolvió al Congreso Nacional la ley del Código Penal Dominicano, específicamente pidiendo que sea modificada en los artículos 107, 108, 109 y 110, del Capítulo 1 del proyecto, que tratan sobre el aborto.
En una comunicación dirigida al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, el jefe de Estado especifica que el artículo 107 de la Ley no satisface las exigencias que se derivan del principio de legalidad uno de los elementos de la cláusula de Constitucional del Estado de Derecho.
“En el caso de la interrupción del embarazo como figura penal, esa ausencia de precisión es palpable ya que no se indica en su contenido aquellas situaciones excepcionales que ponen en juego derechos fundamentales de mujeres embarazadas como lo constituyen el derecho a la vida y la salud, el derecho de su integridad humana, psíquica y moral, constituirían auténticas situaciones eximentes de responsabilidad penal”, explica la comunicación de observación del proyecto de ley.
En ese sentido, el mandatario le pide al presidente de la Cámara de Diputados que acoja la observación en el más breve plazo.
La decisión de Medina fue adoptada luego de que en la población dominicana, sectores que defienden los derechos de las mujeres, junto a gremios médicos, le solicitaban que observara la ley, mientras que otros grupos, entre los que figuran las iglesias, le pedían que la promulgara tal y como fue aprobada por el Congreso Nacional.
“En opinión del titular del Poder Ejecutivo la redacción del artículo 107 de la Ley no satisface las exigencias que se derivan del Principio de legalidad, uno de los elementos de la cláusula constitucional del Estado de Derecho.
De este principio se deriva que la configuración de una determinada conducta como ilícito penal, requiere de una descripción precisa e inequívoca de las conductas que se consideren merecedoras de un reproche punible”, señala la comunicación remitida al Congreso por el mandatario.
Sobre el papel de los médicos 
Otro de los puntos conflictivos de la ley del Código Penal observado por el presidente Medina tiene que ver con la responsabilidad penal del personal médico en caso de un aborto. Los gremios profesionales vinculados a la ginecología y obstetricia, así como el Colegio Médico, habían manifestado su preocupación por la ley del CP.

“Adicionalmente, el desconocimiento de la exigencia en las conductas tipificadas como infracción penal de ese carácter preciso e inequívoco, extiende sus consecuencias en el ámbito de los profesionales de la salud, así como de los familiares en caso de menores de edad, que ante la indeterminación normativa se cohibirían de cumplir su misión principal de preservar la salud de las personas para evitar ser pasibles de las sanciones penales que establecen los artículos 107 y 109”.
Según expresa el Presidente en su comunicación al Congreso, por lo gravoso de las consecuencias que se desprenden para la mujer y para el personal de la salud en materia de interrupción del embarazo, caracterizado por sanciones restrictivas de libertad, no resulta suficiente en términos de eximentes de responsabilidad penal el hecho de que, en la parte general de la Ley de Código Penal se consagre la figura del Estado de necesidad.
“Entendemos que la complejidad específica de la infracción relativa a la interrupción del embarazo, en la que entra en juego la vida de la madre, exige ineludiblemente hacer explícitos los supuestos excepcionales en que debe prevalecer el derecho fundamental a la vida de la mujer embarazada, o el derecho al respeto de su dignidad humana y de su integridad psíquica y moral, resguardándose al mismo tiempo también la seguridad jurídica de quienes tienen la obligación de brindar asistencia médica en el caso de estos eventos excepcionales”, indica el documento.
Fuente:Listín Diario

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