La jueza del tribunal, Melania de la Cruz, dispuso que Keizha Bautista Matos cumpla la medida de coerción en la cárcel de Najayo-mujeres, hasta que se disponga apertura a juicio y se tome la decisión definitiva sobre el caso que pesa en su contra.
El hecho se produjo el 25 de diciembre de este año, en la calle Primera número 223, barrio Sinaí, sector Invi Cea, la Caleta, Municipio Boca Chica.
El ministerio público le asignó la Calificación Jurídica Provisional de Homicidio Involuntario castigado por el artículo 319 del Código Penal Dominicano y artículo 68 y 396 ley 136-03 que castiga la negligencia de los padres sobre sus hijos menores.
Según el expediente, la tragedia ocurrió cuando Bautista Matos salió al colmado, a las 11: 00 de la noche, dejando solos en el interior de la vivienda a sus hijos de dos y tres años, respectivamente, sin ninguna precaución, con una vela encendida a poca distancia de la cama donde dormían.
Añade, según las investigaciones realizadas, que un tercer hijo, de 10 años de edad, quien se encontraba fuera de la casa, al percatarse de que la casa se incendiaba, corrió al colmado para avisarle a la madre, pero que ella supuestamente lo ignoró, por lo que el fuego fue en progreso destruyendo todo en la casa y ocasionando la muerte de los menores, quienes quedaron calcinados.
Fuente:Listín Diario
No hay comentarios:
Publicar un comentario